martes, 21 de mayo de 2013

PROFESAR, PROFESOR, PROFESIÓN, DESDE LA HISTORIA LEJANA Y DESDE EL CONSTITUCIONALISMO GADITANO




 
Francisco Villacorta Baños.
Historiador CCHS, CSIC.
Podríamos tener la tentación de pensar, siguiendo la estela conmemorativa del bicentenario, que también todo lo tocante a las modernas profesiones comenzó a fraguarse en Cádiz en 1812. En propiedad, existe lo que es nombrado y las acepciones más arriba transcritas tienen una muy antigua genealogía conceptual en el verbo latino profiteri que les proporciona algunos de los matices todavía hoy presentes en el moderno concepto de profesión: el matiz religioso (pronunciamiento que se hace al entrar en una orden religiosa de dedicarse por entero a ella y a sus reglas) y el matiz utilitario (sacar provecho de una dedicación como profesor de ella). En algún caso, a estas caracterizaciones etimológicas generales se le añade otra, también antigua, de tipo históricosocial: las profesiones formalizan básicamente el conocimiento científico
de la dedicación a lo sagrado, al derecho y a la medicina y, ocasionalmente, también a la milicia.
El otro puntal básico de nuestro conocimiento al respecto lo pone, en efecto, la historia en lo que atañe a su relación con el trabajo en general, a su jerarquización histórica y al desarrollo de los grupos socioprofesionales.
El ejercicio del trabajo en el Antiguo Régimen –por no remontarnos más allá- se asentó sobre las corporaciones gremiales que conformaban un régimen, por llamarlo de alguna manera, amortizado del trabajo. Se trataba de corporaciones de encuadramiento privilegiado, generalmente bajo patrocinio eclesiástico, que fijaban los monopolios de cada actividad, velaban por las normas de su ejercicio y establecían los procedimientos de acceso y, en consecuencia, del número de ejercientes. De carácter local en un principio, las monarquías terminaron por lo general amparándose de ellas, especialmente en España desde los Reyes Católicos, a fin de expandir los mecanismos de control en manos de su naciente cuerpo político estatal.
De entre ellos, las cofradías de las profesiones científicas fueron convirtiéndose en una suerte de aristocracia gremial, frente a los oficios y comenzaron a recibir una especial protección, bien como ‘cuerpos de estado’, bien como expertos en las artes liberales o mecánicas de formación superior. En algún caso comenzaron además a autoorganizarse en congregaciones o colegios voluntarios a la búsqueda de un mayor protagonismo en la gestión del régimen de privilegios vinculados a su respectivo estatuto.
Antecedentes históricos
Por mucho que ya en el siglo XVIII el sistema gremial se encontrase en franca decadencia en casi todas partes continuaba siendo el mecanismo normativo ordinario de acceso a las profesiones y oficios. Y por ello, no resulta extraño que la libertad de trabajo se alinease desde el primer momento en el programa de los revolucionarios franceses hasta producir el gran viraje histórico en este terreno con la ley Le Chapelier de 14 de junio de 1791 y,  a partir de este precedente, en los proyectos de transformación liberal a lo ancho de casi toda Europa. En España formó parte desde el principio del programa de los liberales y así, en efecto, quedó establecido con carácter general por derivación de las disposiciones constitucionales de 1812 en el decreto de Cortes de 8 de junio de 1813 y, a partir de ahí, en las ulteriores normas constitucionales.
Por lo que respecta al ejercicio de las viejas actividades de tradición colegial, un decreto de Cortes de 8 de junio de 1823 durante la segunda etapa de vigencia del constitucionalismo gaditano, restablecido por otro de 20 de julio de 1837, tras el paréntesis de la Década Ominosa, estableció el libre ejercicio de las profesiones científicas sin necesidad de adscribirse a ninguna corporación o colegio particular y sólo con la obligación de presentar sus títulos a la respectiva autoridad local.
Pero sería un error minusvalorar en el caso de las profesiones la solidez de las tradiciones recibidas ni en su dimensión social, ni en la organizativa.
Lo mismo que sucedió en la Francia napoleónica, donde algunas profesiones, muy en especial las de la organización judicial y del notariado, tan decisivas tras las jornadas revolucionarias del terror, recuperaron pronto sus antiguas entidades de organización y disciplina. También en España ese mismo peso histórico terminó siendo determinante. Los abogados resultaron también aquí un grupo adelantado en la regulación profesional moderna al refrendarles oficialmente, desde la temprana fecha de 1838, sus viejos organismos
de agrupación corporativa, los colegios, en régimen preceptivo en la práctica, en contra de lo decretado con carácter general un año antes.
No será un logro definitivo hasta 1844 pero sus oscilaciones indicarán también las principales líneas de fricción en la concepción social e institucional de la moderna profesión, y no solo entre los abogados.
Función social
La evolución ulterior de las profesiones científicas –y más adelante las concepciones básicas de la llamada sociología de las profesiones serán deudoras de todo el múltiple anclaje que conformaban una ética de ‘ministerio público’, una función social organizada de manera más o menos monopolística y unas tradiciones históricas de considerable peso. Hay en este sentido dos modelos ya consagrados de organización profesional histórica: el modelo de corporación pública, de cuerpo al servicio del Estado moderno, y el modelo de agrupación profesional teóricamente libre, aunque beneficiada por el Estado de ciertas prerrogativas de autogobierno y representación relacionados con sus actividades profesionales. Sobre ambos, que a grandes rasgos se supone recogen las tradiciones latina y germánica del corporativismo gremial de los siglos pasados se van a desplegar los modelos institucionales de organización científico-profesional a partir del siglo XIX: el del alto cuerpo estatal derivado directamente de los cuadros jurídicos y militares del Estado moderno (los cuerpos facultativos y de ingenieros civiles y militares serían sus principales testimonios) y el del moderno profesionalismo liberal, el más característico de los nuevos tiempos; un modelo, que no por inscribirse en una cultura de servicio público de gestión privada excluyera las prerrogativas propias de su relevante papel histórico. En la práctica, tales desafíos se plasmarán a través de la adquisición de un estatuto público corporativo y honorífico en el múltiple marco de la sociedad, el mercado y el Estado por mediación del espacio científico que a cada profesión le era propio.
Profesión colegiada
La colegiación fue su apuesta más visible, un marco de significación múltiple: emblema de identidad corporativa, espacio de agregación y de disciplina, depósito de una ética pública del trabajo científico, mecanismo de representación y de influencia pública, de gestión inmediata en algunos casos de los intereses y las obligaciones fiscales.
Fue, por su alta significación en todo ello, el espejo cristalino de los conflictos y tensiones en torno al desenvolvimiento de las profesiones en aquel múltiple marco señalado.
Paradigmático a este respecto ha de ser en España el debate sobre los decretos de colegiación obligatoria de las clases sanitarias de 1898; paradigmático, porque en él accedió a la luz pública el conjunto de disyuntivas a que los profesionales se veían confrontados en su articulación en esos marcos: los modelos profesionales, los espacios de ejercicio, la capitalización/asalarización profesional, los valores deontológicos. Si la obligatoriedad se frustró en esta ocasión, terminó recuperándose a partir de 1917, en un momento en que la propia evolución de las sociedades liberales, vertebrándose cada vez con más fuerza en el cuerpo social más bien que en el individuo, lo impuso como una exigencia de interrelación social.
En definitiva, las profesiones organizadas lo son dentro de un marco de interacción social múltiple y las sociedades de esa etapa de liberalismo tardío evolucionaban ya —no sin episodios traumáticos, por supuesto— hacia unos modelos de gestión consensual de los asuntos públicos, lo que los sociólogos y politólogos han dado en llamar modelos pluralistas o, más modernamente, modelos neocorporativistas, modelos de consenso poliédrico, en los que se han reanudado múltiples lazos entre sociedad y Estado.
Así pues, si no todo comenzó en Cádiz en 1812, bien se puede decir que abrió un nuevo cauce, el de la sociedad liberal, por el que comenzó a circular desde entonces un caudal muy antiguo.
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