Eloy Gil Gómez CNP 17.801.- la ineficiencia del funcionario publico tiene sanciones establecido en el DECRETO CON RANGO Y FUERZA DE LEY SOBRE
SIMPLIFICACION DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1: El presente Decreto-Ley tiene por objeto establece los principios y bases conforme a los cuales, los órganos de la Administración Pública Central y descentralizada funcionalmente a nivel nacional, realizarán la simplificación de los trámites administrativos que se efectúen ante los mismos.
Artículo 2: Este Decreto-Ley podrá ser de aplicación supletoria a las administraciones Públicas Estadales y Municipales y a los demás organismos que tengan un régimen especial, en todo aquello no regulado por su Constitución y leyes respectivas.
Artículo 3: A los efectos de este Decreto-Ley, se entiende por trámites administrativos las diligencias, actuaciones o gestiones que realizan los particulares ante los órganos y entes de la Administración Pública para la resolución de un asunto determinado.
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1: El presente Decreto-Ley tiene por objeto establece los principios y bases conforme a los cuales, los órganos de la Administración Pública Central y descentralizada funcionalmente a nivel nacional, realizarán la simplificación de los trámites administrativos que se efectúen ante los mismos.
Artículo 2: Este Decreto-Ley podrá ser de aplicación supletoria a las administraciones Públicas Estadales y Municipales y a los demás organismos que tengan un régimen especial, en todo aquello no regulado por su Constitución y leyes respectivas.
Artículo 3: A los efectos de este Decreto-Ley, se entiende por trámites administrativos las diligencias, actuaciones o gestiones que realizan los particulares ante los órganos y entes de la Administración Pública para la resolución de un asunto determinado.
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